En cumplimiento de la normativa vigente en materia de Administración electrónica, el envio de facturas a este Ayuntamiento debe hacerse obligatoriamente a través de su registro electrónico.
EN CUMPLIMENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA, EL ENVÍO DE FACTURAS A ESTE AYUNTAMIENTO, DEBE HACERSE OBLIGATORIAMENTE A TRAVÉS DE SU REGISTRO ELECTRÓNICO.
1.- DIRECCIÓN PARA SUBIR LAS FACTURAS ES LA SIGUIENTE:
https://www.guadalcazar.es/sede?seccion=procedimiento&id=1226
2.- RUTA DE ACCESO:
- Portal de Guadalcázar
- Sede Electrónica
- Catálogo de Trámites
- Registro de Entrada
3.- A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2016, TODAS LAS FACTURAS QUE NO VENGAN TRAVÉS DE REGISTRO ELECTRÓNICO, SERÁN DEVUELTAS AL EMPRESARIO QUE LAS EMITA SIN ANOTACION EN REGISTRO GENERAL DE ENTRADA.
4.- LAS FACTURAS QUE SUPEREN LOS CINCO MIL EUROS, DEBERÁN PRESENTARSE OBLIGATORIAMENTE A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA FACE.